Personas Físicas y Morales
¿Cómo elegir el tipo de régimen fiscal?
En México, existen 2 tipos de personas fiscales, según el Código Fiscal de la Federación (CFF): las personas físicas y las personas morales.Entonces, elegir idóneamente el régimen fiscal dependerá tanto del tipo de persona que seas como de tu actividad económica y del tamaño de tu empresa. Para explicarte mejor:
Tipos de régimen fiscal para personas físicas
Primero, es importante que conozcas que una persona física es cualquier ser humano con posibilidad de adquirir derechos y contraer obligaciones. Y, las características que la definen son las siguientes:- Se registra ante la institución pertinente con su nombre
- Posee un cuerpo material que se pueden percibir y tocar
- Puede tener un estado civil de soltería o matrimonio
- Contrae obligaciones después de alcanzar la mayoría de edad
- Puede tener más de una nacionalidad.
- Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
En este régimen se encuentran los contribuyentes que realicen actividades empresariales, vendan bienes o presten servicios en donde no se requiera un título profesional y que el total de sus ingresos no exceda los dos millones de pesos ($2,000,000 MXN).
Algunas de las actividades empresariales en donde laboran estas personas físicas son en: salones de belleza, talleres mecánicos, tintorerías, fruterías, papelerías, carnicerías, entre otras.
- Actividades empresariales
Es para aquellas personas que realizan actividades comerciales (talleres mecánicos, colegios), industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca, silvícolas y de autotransporte.
Una de las principales diferencias con el RIF es que este régimen no establece un límite de ingresos.
Si obtienes ingresos por rentar o subarrendar bienes inmuebles, debes cumplir con tus obligaciones fiscales en este régimen.
- Arrendamientos de inmuebles
Ya sea que lo hagas con departamentos o casas habitacionales, terrenos, locales comerciales, bodegas o edificios.
- Servicios profesionales
Es para esas personas físicas que tienen ingresos como freelancers o por honorarios, es decir, profesionales que prestan servicios de manera independiente a dependencias de gobierno, empresas o a personas físicas en general.
Si eres ingeniero o arquitecto por obras, contador, médico o profesor, entre otros, deberás cotizar bajo este régimen fiscal.
- Asalariados
Para personas que reciban salarios y prestaciones de un patrón.
Es importante recalcar que se deberá presentar una declaración anual si se tienen ingresos superiores a $400,000 MXN en el ejercicio fiscal, se ha contado con más de un empleador en el año o si el salario proviene del extranjero.
Tipos de régimen fiscal para personas morales
Una persona moral se define como la unión de varias personas físicas que tienen un fin especifico o una razón social, que puede ser formada mediante una sociedad o una empresa.Entre sus características más destacadas, están:
- Su razón social hace referencia a la actividad que desarrolla o a un nombre elegido por los creadores;
- No posee un cuerpo material, no se puede palpar;
- Su capacidad de ejercer derechos y contraer obligaciones comienza desde su creación;
- No tiene un estado civil;
- Se considera mexicana toda persona moral que fue creada conforme a la ley del país y que tiene su domicilio en el territorio nacional;
- Está obligada a presentar su contabilidad electrónica ante el SAT.
Si eres una persona moral, toma en cuenta que entre los regímenes a considerar, están:
- Régimen fiscal general
Cualquier persona moral constituida en el país que realice actividades lucrativas tributa bajo este régimen.
Están incluidas empresas de asociaciones civiles, sociedades mercantiles, arrendadoras financieras, sociedades cooperativas de producción, instituciones de crédito, instituciones de seguros y fianzas, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios, entre otras compañías.
- Sin fines de lucro
Personas morales que inviertan en México y cuya razón social no está en la búsqueda de ganancias económicas con las actividades que realizan, debe constituirse bajo este régimen.
Aquí se incluyen las instituciones de asistencia o de beneficencia, asociaciones religiosas, centros de donación autorizados, asociaciones o sociedades civiles de enseñanza, sindicatos obreros, asociaciones de padres de familia, sociedades y asociaciones civiles dedicadas a la investigación o preservación de la flora o fauna silvestre, colegios profesionales y cámaras de comercio e industria.
- Acumulación de ingresos
El régimen de acumulación de ingresos va dirigido a personas morales (de micro, pequeñas y medianas empresas) que tengan ingresos máximos de 5 millones de pesos ($5,000,000 MXN) anuales.
Las personas morales pueden optar por pagar el ISR mediante flujo de efectivo solo si están constituidas únicamente por personas físicas.
Principales diferencias entre Persona Física y Persona Moral
- La persona física es para identificarte por tu nombre y la persona moral se identifican por una denominación o razón social, que normalmente es el nombre que le das a tu empresa.
- Una persona física tiene estado civil mientras que una morales no, ya que son un conjunto de personas.
- Las personas de régimen moral sólo pueden tener una nacionalidad, por ejemplo si tienen su domicilio en territorio nacional son mexicanas.
- Las morales están obligadas a presentar su contabilidad ante el SAT mientras que las personas físicas sólo si sus ingresos son superiores a los 4 millones.
- Las personas morales se dividen en dos regímenes fiscales: del régimen general y con fines no lucrativos. Las personas físicas se dividen en cuatro: asalariado, profesionista, arrendador o empresario
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